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Segunda Guerra Mundial
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16 de Junio, 2011 · General

El Acuerdo Hitler-Stalin

El Acuerdo Hitler-Stalin

La razón de Estado triunfa sobra la ideología

            El increíble acuerdo firmado en 1939 entre la URSS comunista y el Reich nazi fue, sin duda, un triunfo de la razón de Estado sobre la ideología: aunque antes pareciera inconcebible, el mas furibundo anticomunista, Hitler, se ponía de acuerdo con la encarnación viva del comunismo, Stalin; y el mas encarnizado anti nazi, Stalin, llegaba a un acuerdo con el fundador del nazismo, Hitler. Pero el pacto nazi-soviético fue también, en muchos aspectos, el encuentro entre dos totalitarismos, que se sentían afines en los métodos y que sentían el mismo odio contra el Occidente (democrático y capitalista).

Unas negociaciones sorprendentemente rápidas

            Los manejos diplomáticos rusos y alemanes fueron rápidos. Las conversaciones económicas entre Berlín y Moscú habían empezado a principios de abril. Los primeros acercamientos diplomáticos fueron en junio y julio. La gota que colmo el vaso fue probablemente la negativa de Polonia a la petición soviética de permitir el paso de tropas por su territorio. El 18 de agosto de 1939, tras la intervención directa de Stalin, se firma el acuerdo comercial con el Reich. Pero el golpe definitivo fue el 20 de agosto, cuando el Führer telegrafió a Stalin para pedirle que le recibiera a su ministro de Asuntos Exteriores, Joachim Von Ribbentrop. La respuesta afirmativa llego al día siguiente, e inmediatamente Von Ribbentrop partió misterioso y apresurado en avión hacia Moscú. El 23 de agosto, después de diversas entrevistas entre Ribbentrop y Molotov, el pacto de no agresión entre la URSS y el Tercer Reich era firmado solemnemente, con estos acuerdos básicos:

1. Abstención de toda violencia reciproca.

2. Benévola neutralidad, en caso de conflicto de una de las partes firmantes.

3. Consultas mutuas sobre los asuntos de interés en común.

4. Compromiso de no participar en las agrupaciones de potencias hostiles a uno de los contrayentes.             

El pacto de no agresión germano-soviético

            Los gobiernos alemán y soviético, guiados por el deseo de consolidar la paz entre Alemania y la URSS y basándose en las prescripciones fundamentales del tratado de neutralidad de 1926, han acordado lo que sigue:

Articulo 1. Las dos partes contratantes se comprometen a abstenerse entre ellas de todo acto de violencia, de toda acción agresiva y de toda agresión, tanto aisladamente como con otras potencias.

Articulo 2. En el caso que una de las dos partes contratantes sea objeto de un acto de guerra por otra potencia, la otra parte no ayudara, de ninguna forma, a esta tercera potencia.

Articulo 3. El gobierno de las dos partes contratantes permanecen en contacto en el futuro, por vía de consulta, para informarse recíprocamente de las cuestiones que afecten a sus intereses comunes.

Articulo 4. Ninguna de las dos partes contratantes participara en un grupo de potencias dirigido, directa o indirectamente, contra la otra parte.

Articulo 5. En el caso de que surjan divergencias o conflictos entre las dos partes sobre cuestiones de cualquier tipo, las dos partes contratantes resolverán esas divergencias o eso conflictos exclusivamente por medio de un intercambio amistoso de puntos de vistas, si fuera preciso, mediante comisiones de arbitraje.

Articulo 6. El presente tratado tendrá una duración de diez años, con la estipulación de que, si uno de los dos contratantes no lo denuncia una año antes de que expire este plazo, la duración de la validez de este tratado se prolongara automáticamente por un periodo de cinco años.

Articulo 5. El presente tratado será ratificado en el menor plazo posible. Los instrumentos de ratificación serán intercambiados en Berlín. El tratado entra en vigor desde el momento de su firma.

                                                                                                                     Moscú, 23 de agosto de 1939.


 

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publicado por lucasssss a las 22:21 · Sin comentarios  ·  Recomendar
 
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